Prórroga de estancia por estudios españa
Cómo prorrogar el visado de estudiante
Autorización de prórroga de estancia por estudios, intercambio de estudiantes, prácticas no laborales o servicios de voluntariado: Es una prórroga anual de la autorización para realizar estudios, intercambio de estudiantes, prácticas no laborales o servicios de voluntariado en España. También se autoriza la prórroga anual de la estancia de familiares de extranjeros en situación de estancia por estudios, intercambio de estudiantes. Prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
Directiva 2004/114 / CE del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, relativa a los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de estudiantes, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado.
Lugar de presentación: en cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería de la provincia de desarrollo de la actividad. Se puede obtener información sobre la dirección, teléfonos y horarios de atención al público en: http: //www.seap.minhap.gob.es/web/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html
Plazo de solicitud: durante los 60 días naturales anteriores a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización. También podrá presentarse en el plazo de 90 días naturales, sin perjuicio de la iniciación del correspondiente procedimiento sancionador.
Visado de trabajo posterior a los estudios en España
Si usted no es ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, es posible que necesite un visado para estudiar en España, dependiendo de la duración de sus estudios y de su nacionalidad.
La normativa española permite a los extranjeros con permiso de estudios en vigor solicitar una autorización para trabajar mientras no estén estudiando. Es decir, a tiempo parcial mientras esté cursando estudios y a tiempo completo en verano. Este requisito es general y en cada solicitud se tendrá en cuenta el horario del curso del estudiante para que el contrato de trabajo no entorpezca la finalidad de la autorización: estudiar.Esta autorización para trabajar la solicita el empleador y la duración de la autorización está limitada a la duración de la autorización de estudios.Es importante tener en cuenta que la remuneración de este trabajo no se tendrá en cuenta para justificar tus medios económicos de cara a la renovación.
Justificante de alojamiento visado de estudiante español
Para estancias superiores a 180 días recibirá un visado de 90 días, y dentro del primer mes en España deberá SOLICITAR CITA en la Comisaría de Policía donde tramitará su TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjeros);
Si la persona que asume dichas responsabilidades reside en España, podrá presentar un acta notarial o realizar una declaración de dicha asunción de responsabilidades ante un funcionario público. En ambos casos, la Administración deberá estar expresamente autorizada para poder realizar las consultas administrativas necesarias en orden a la comprobación de sus medios económicos.
9. Certificado de Seguro Médico Público o Privado que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles, sin límites, copagos ni periodos de carencia. Los seguros de viaje no son válidos a estos efectos.
Los estudiantes Erasmus o de programas Internacionales que vengan por un semestre con un visado inicial de 180 días y deseen solicitar una prórroga para completar el curso académico, además de la documentación anterior deberán aportar:
¿Puedo entrar en España antes de que empiece mi visado de estudiante?
Dentro de los 60 días anteriores a la expiración de tu autorización de estancia por estudios, puedes solicitar la renovación de la misma. Para ello debes seguir cumpliendo los mismos requisitos que en tu solicitud de visado original, es decir, disponer de medios económicos, seguro médico y no tener antecedentes penales. Además, debe haber finalizado los estudios para los que estaba matriculado y estar matriculado en el curso siguiente.
Dependiendo del motivo de la denegación y de tu caso concreto, podrás recurrir la decisión (en el plazo de un mes desde la notificación de la denegación) o por la vía contencioso-administrativa (en el plazo de dos meses desde la notificación de la denegación).
Otra posibilidad es volver a tu país de origen para solicitar de nuevo el visado en el consulado. Pero entre estas dos vías, de nuevo en función de la situación en la que te encuentres, es posible que existan otras vías para que regularices tu situación.
